Anthony Santos NO violó ninguna ley con decir "Viva Trujillo"



La ley que prohibía elogios al déspota y al régimen tiránico es nula, según nueva Constitución 
Así es... Si Anthony Santos, El Mayimbe de la Bachata, hubiese proclamado su "¡Viva Trujillo, carajo...!" con intención de loa en el ceremonial del premio Soberano en el Teatro Nacional, no hubiese cometido delito alguno y no hubiese habido justificación por parte de autoridad alguna de sancionarlo o someterlo a la justicia, y mucho menos de "meterlo preso", como llegaron a reclamar algunos que se sintieron ofendidos... 
(El bachatero pidió excusas y aclaró que, más que un elogio a Trujillo, era un rechazo a su figura histórica, debido a que la expresión completa que emplea en sus fiestas cuando la pronuncia incluye "¡Ese hijo de la gran puta, pa'matarlo de nuveo!").
 
El caso es que se entiende que, legalmente, los elogios a la figura del tirano, a su familia y su régimen dictatorial, están prohibidos en el país, y, realmente, luego de aprobada la nueva Constitución de la República, en el 2010, ya no es así.
 
Porque ciertamente, hay una ley promulgada en el 1962, la 5880, que establece lo sioguiente: "Toda persona que alabe o exalte a los Trujillo o su régimen tiránico, en alta voz, o pormedio de gritos, discursos, escritos públicos o emblemas, se considera y juzgará como autor de delito contra la paz y la seguridad pública y será castigada con preisión de 10 días a 1 año o multa de 10 a 500 pesos o con ambas penas a la vez".
 
Pero ocurre que la Constitución de la República, en su artículo 49, plantea: "Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa".
 
Y el artículo 6 de la misma Constitución se refiere a la supremacía de la misma con respecto a las leyes expresa: "Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamental del ordenjurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o actos contrarios a contrarios a esta Constitución".
 
O sea que, tomando en cuenta lo establecido en el artículo 49 de la Constitución, la ley 5880-62, que prohíbe alabanzas, loas, elogios, a la figura histórica del déspota Trujillo, a su régimen y a su familia, cotraviene el artículo 6 de la misma Carta Magna, por lo que debe considerarse nula. 

Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites More
 
Design by Free WordPress Themes | Bloggerized by Lasantha - Premium Blogger Themes | Hosted Desktops