Colegios no podrán suspender alumnos por falta de pago



El Tribunal Constitucional rechazó este lunes la acción de inconstitucionalidad interpuesta por los colegios privados que buscaban fijar y regular las tarifas por el servicio, al igual que poder suspender a los estudiantes cuyos padres no estuviesen al día en el pago de las cuotas. 
Con la sentencia, número 0058-13, el tribunal rechazó la acción del 20 de agosto del 2012 de la Asociación de Instituciones Educativas Privadas del Distrito (AINEP) contra los acápites F y G del artículo 48 de la ley 136-03; el artículo primero de la normativa 86-00; la resolución especial dictada por el Consejo Nacional de Educación y las disposiciones contenidas en la circular 14 dictada por el Ministerio de Educación. 

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